LA SEGUNDA CONFERENCIA


Capellari y Labrador se vuelven a reunir en agosto de ese mismo año. El Cardenal se queja de que prescindiendo de la condición de sigilo puesta desde el principio de la negociación por el Santo Padre, se hubiese dado conocimiento del asunto a los Consejos pues «cualquiera que fuese el éxito de la negociación entablada miraban como un mal gravísimo el riesgo de que los rebeldes supiesen que la Santa Sede se entendiese en el asunto con nuestra Corte» 66

Por su parte el Embajador español escribe a Salmón comentando la entrevista: «me ceñí, por tanto, a decir que S.M. por los derechos de Su Soberanía y por los Concordatos con la Santa Sede presentaba para las Sillas de América, antes de la rebelión, y debía presentar mientras no hubiese renunciado a sus derechos y que lo único de que debiéramos ocuparnos era de la manera de poder ejecutar la presentación en las actuales circunstancias»67.

La conferencia terminaría con el ruego de Capellari de que Labrador pusiera por escrito su propuesta a fin de comunicársela al Santo Padre.

La propuesta de Labrador venía a decir que el Rey de España debía seguir presentando para las sedes del territorio americano, tal y como lo hacia antes de la rebelión, modificando solamente lo que las circunstancias exigen. Tales modificaciones serían:

1.- Que en lugar de hacer la presentación de forma ostensible, se haría por medio de carta confidencial y autógrafa del Rey al Papa.

2.- «Que en lugar de presentar libremente, como se ha hecho hasta aquí, la persona que S.M. creyere conveniente bien fuese nacida en las mismas Provincias de América, bien fuese natural de las Provincias españolas de Europa, S.M. me limitará a presentar, para las Iglesias de las Provincias rebeldes, personas eclesiásticas existentes en las mismas y que reúnan los requisitos canónicos»".

La contestación del Cardenal Capellari a la propuesta del Embajador español es bastante tajante, y muestra lo poco que se había avanzado en las negociaciones. Capellari replica a Labrador:

«VE. nada dice acerca del resultado de la primera conferencia, por tanto del hecho de no haber, después de cerca de cinco meses, ni transmitido, ni comentado la lista confidencial de los sujetos que se debería tomar en consideración, y que debía enviar con premura»

Expone, asimismo el Cardenal que nada se ha dicho de «las manifestaciones de V.E. indicadas en la segunda conferencia», hace notar el «silencio observado» en

146

el citado escrito dirigido al Santo Padre, acerca de la propuesta que presentó la Santa Sede".

En otra ocasión Capellari hablará de que después de largas consultas durante varios años, después de experimentar la insuficiencia e inaplicabilidad de otros procedimientos, y después de haber agorado los medios amistosos sólo se ha visto posible un camino para Su Santidad: que es usar de la plenitud de su potestad proveyendo y nombrando los Obispos motu proprio70.

Por su parte, el Nuncio en España, Mons. Tiberi escribía al Secretario de Estado Vaticano, con un despacho fechado el 6 de septiembre: Que se permitiría al Papa proveer de pastores a las Iglesias vacantes, pero con dos condiciones. La primera, que todas estas medidas ocasionales cesaran en el mismo momento, en el que por una afortunada combinación vuelvan las provincias al antiguo legítimo soberano".

La segunda condición sería que la elección no recayera -si fuese posible- en sujetos desfavorables; a tal efecto se daría información de los individuos que inspiraran más confianza.

También dice el Nuncio: «se pide una declaración por escrito, de nuestra parte y se promete conservarla con cuidado y secreto. Con esta medida se piensa poner a salvo el derecho de patronato».

En este mismo despacho se informa que hacía ya bastante tiempo que no se consultaba al Consejo de Estado sobre el particular, pero que las instrucciones dadas permanecen firmes, y que no se alaba mucho en España la lentitud con la que procede el Embajador.